Vuelve

Préstamo ICO coronavirus: ¿cómo solicitarlos?

8/5/2020
Préstamo ICO Coronavirus: ¿cómo solicitarlo? | Vivus.es
Autor
Remo

¿Sabes cómo funciona el préstamo ICO coronavirus? El pasado 17 de marzo, el Gobierno puso en marcha una serie de avales públicos para todas las pymes y autónomos que se hayan visto afectadas por el coronavirus. Estos avales tienen una cuantía de hasta 100.000 millones de euros, en lo que se considera la mayor movilización de recursos económicos de la historia de España.Están gestionados por el Instituto de Crédito Oficial (ICO) y vienen regulados en el artículo 29 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo. ¿Qué son? ¿A quién van dirigidos? ¿Para qué sirven? ¿Cuál es su importe? ¿Cómo se solicitan? Estas son las preguntas/respuesta más habituales.

¿Qué son los avales públicos gestionados por el ICO?

Los avales públicos son un conjunto de ayudas ofrecidas por el Gobierno para facilitar el acceso a la financiación de las empresas y autónomos. No son ayudas directas a los negocios, sino una garantía adicional para garantizar la concesión de los préstamos en mejores condiciones, utilizando al estado como avalista de última instancia.Es decir, los bancos prestarán dinero a las empresas como si de un préstamo normal se tratase, y el aval público se activará solo cuando dicho préstamo sea impagado. En este caso será el estado el que se hará cargo de la deuda pendiente.El resultado es que los bancos prestarán dinero sin miedo a los impagos (el Estado responde) y las empresas podrán financiarse aunque su situación económica no sea la mejor.

¿Cuál es el objetivo del préstamo ICO coronavirus?

La finalidad de esta línea de avales es facilitar el mantenimiento del empleo y paliar los efectos económicos de la COVID-19. El objetivo principal es cubrir las necesidades de financiación de las empresas y cubrir las renovaciones concedidas por entidades financieras a empresas y autónomos para atender las necesidades de financiación como:

  • Pagos de salarios.
  • Facturas de proveedores pendientes de liquidar.
  • Alquileres de locales, oficinas e instalaciones.
  • Gastos de suministros.
  • Necesidad de circulante.
  • Otras necesidades de liquidez, incluyendo las derivadas de vencimientos de obligaciones financieras o tributarias.

¿A quién están dirigidos estos préstamos del ICO?

Esta línea de avales está dirigida a empresas que tengan su sede social en España y se hayan visto gravemente perjudicadas por la pandemia del coronavirus.Además, las empresas que lo soliciten no deben figurar en situación de morosidad a 31 de diciembre de 2019 ni tampoco encontrarse sujetas a un procedimiento concursal a fecha de 17 de marzo de 2020.

¿Desde cuándo y hasta cuándo se pueden solicitar estas vías de financiación?

Estas líneas servirán para avalar aquellos préstamos y operaciones que hayan sido formalizados o renovados a partir del 18 de marzo de 2020. La fecha final es, por el momento, el 30 de septiembre de 2020, aunque podría extenderse en función de la evolución de la pandemia.

¿Qué importe puede avalar cada línea y cuál es su duración?

Hasta ahora se han puesto en marcha dos tramos de avales por valor de 40.000 millones de euros de los 100.000 millones que anunció el Gobierno. Están distribuidos de la siguiente manera:

  • Hasta 30.000 millones de euros para renovaciones y nuevos préstamos concedidos a autónomos y pymes.
  • Hasta 10.000 millones de euros para renovaciones y nuevos préstamos a empresas que no se consideren una pyme.

En cuanto al importe de los préstamos individuales, los autónomos podrán solicitar un máximo de 1,5 millones de euros en avales en una o varias operaciones. En el caso de las pymes y empresas, se podrán avalar operaciones de hasta 50 millones de euros.El aval cubrirá hasta el 80% del principal de las nuevas operaciones de financiación y de las renovaciones de autónomos y pymes; el 70% en nuevas operaciones para grandes empresas y el 60% para renovaciones de préstamos.El plazo del aval emitido coincidirá con el plazo de la operación, hasta un máximo de 5 años.

¿Dónde tienen que dirigirse autónomos, pymes y empresas para acceder a las líneas del ICO por la COVID-19?

Tanto los autónomos como las empresas que estén interesados en acogerse a esta línea deberán dirigirse a cualquiera de las entidades de crédito que hayan suscrito con el Instituto de Crédito Oficial los correspondientes contratos marco para participar en la Línea de Avales.Eso sí, no será el ICO quien decidirá si el préstamo se concede o no, sino la propia entidad financiera. Lo hará de acuerdo con sus procedimientos internos y políticas de concesión y riesgos. Eso sí, la Ley obliga a las entidades financieras a no poder condicionar la aprobación de los préstamos a la contratación por parte del cliente de ningún otro servicio o producto.Dichas entidades financieras podrán recurrir a la Línea de Avales para avalar operaciones de financiación otorgadas a autónomos y empresas.

¿Se pueden beneficiar las entidades financieras de estas líneas de crédito?

La respuesta es no o, al menos, no deberían. Las entidades financieras tienen la obligación de garantizar que los costes de las operaciones que se beneficien de estos avales se mantendrán en línea con los costes cargados antes del inicio de la crisis de la COVID-19, teniendo en cuenta la garantía pública del aval y su coste de cobertura.Es más, las entidades deberán trasladar el beneficio del aval público mejorando las condiciones del producto, bien a través de menores intereses, mayor plazo, mayor cuantía de la financiación, mayor periodo de carencia del principal, etc.Si como autónomo o pyme estás sufriendo problemas económicos por culpa del coronavirus, no te lo pienses y consulta qué préstamos ICO hay disponibles para ti.

¿Quieres tu primer préstamo ya?

Consigue tus primeros 300€ sin intereses ni comisiones, y devuélvelos en 30 días

Solicita tu crédito ahora

Artículos Relacionados