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Cómo renovar el DNI

15/6/2020
Cómo renovar el DNI: dónde hacerlo y cuáles son los plazos | Vivus.es
Autor
Aurelio Jimenez

El Documento Nacional de Identidad (DNI) es el documento oficial para acreditar la identidad y los datos personales de una persona, así como la nacionalidad española. Lo emite el Ministerio de Interior y es obligatorio para todos los mayores de 14 años residentes en España o que, residiendo en el extranjero, se trasladen a España por un periodo superior a seis meses.Este documento es personal e intransferible, y es obligatorio exhibirlo cuando sea exigido por alguna autoridad oficial. En caso de sustracción o extravío, el responsable será el titular del DNI, que deberá comunicarlo tan pronto como sea posible en una comisaría de Policía o puesto de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad más próximo.

¿Cada cuánto tiempo hay que renovar el DNI?

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Infografía | Cómo renovar el DNI

Infografía | Cómo renovar el DNI[/caption]Con carácter general, el DNI tiene un periodo de validez que, una vez vencido, obliga a su renovación. Este periodo es diferente según la edad de cada persona:

  • Los menores de cinco años de edad tendrán que renovarlo cada 2 años.
  • Las personas con edad comprendida entre 5 y 30 años tendrán que renovarlo cada 5 años.
  • Los que tengan entre treinta y setenta años lo renovarán cada 10 años.
  • Los mayores de setenta años tienen un DNI permanente que no deben renovar jamás.

En caso de no renovación del DNI, su titular se expone a una sanción económica por parte de las autoridades, a no ser que el DNI haya caducado durante el estado de alarma.

¿Qué pasa si mi DNI caduca durante el estado de alarma?

El pasado 14 de marzo el Gobierno decretó el estado de alarma en todo el territorio nacional. Desde entonces, la movilidad de las personas se ha visto reducida y la mayoría de los trámites administrativos, entre ellos la renovación del DNI, se han visto afectados.Si ahora mismo accedes a la web oficial del Cuerpo Nacional de Policía para pedir cita previa para renovar tu DNI o Pasaporte, te encontrarás con el siguiente mensaje:“Ante la situación generada por el COVID-19, las autoridades sanitarias han recomendado que se extremen las medidas preventivas para evitar contagios y proteger la salud de los ciudadanos. Por este motivo, queda suprimida la Cita Previa para obtener DNI / Pasaporte. Este servicio se reanudará cuando se produzca una mejora significativa de las condiciones sanitarias”.Lo que esto viene a significar es que, a causa de las circunstancias excepcionales que estamos viviendo, la Dirección General de Policía ha desactivado el servicio de renovación del DNI.Por tanto, la renovación de los DNI que caduquen a partir de la declaración del estado de alarma, que fue el 14 de marzo, se prorroga durante un año.Esta es una de las medidas recogidas en el Real Decreto 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.https://twitter.com/interiorgob/status/1239977150922530816?s=20 En resumen, la validez de los DNI de las personas mayores de edad que caduquen en el periodo comprendido entre el 14 de marzo de 2020 y el 13 de marzo de 2021 queda prorrogada un año más.

¿Y si mi DNI estaba caducado antes del estado de alarma?

Si eres un poco despistado, y tu DNI ya estaba caducado desde antes del 14 de marzo pero por negligencia se te olvidó renovarlo, estás de suerte. El decreto de estado de alarma también suspende los plazos de caducidad de este documento. Por tanto, tu DNI seguirá siendo válido hasta que acabe el estado de alarma. A su finalización, tendrás que renovarlo.En el caso de que ya tuvieses una cita agenciada para renovar el DNI, esta queda suspendida hasta que finalice el estado de alarma. Cuando esto ocurra deberás volver a solicitar cita previa.

¿Qué documentación tendré que presentar para renovar mi DNI?

Cuando se recupere la normalidad y sea posible renovar el DNI, tendrás que acudir a la comisaría de Policía en la que tengas cita previa, abonar las tasas correspondientes (se puede hacer por vía telemática o en efectivo) y presentar los siguientes documentos:

  • Una fotografía reciente en color de tamaño carnet (32x26 milímetros). El fondo debe ser blanco y liso, y se debe tomar con la cabeza totalmente descubierta (sin gafas de sol ni prendas de ropa), de forma que se muestre claramente el óvalo de la cara.
  • El DNI anterior. Si lo renuevas porque lo has perdido o porque te lo han robado, deberás acudir a tu cita con la denuncia correspondiente o con la comunicación de tal incidencia al equipo de expedición.
  • Si has cambiado de domicilio recientemente y necesitas actualizarlo en tu DNI, debes llevar contigo un certificado o volante de empadronamiento del ayuntamiento donde tengas tu domicilio actual. Este documento debe ser expedido con una antelación máxima de tres meses a la fecha de la solicitud de renovación del DNI.
  • En el caso de que tu alta en el Padrón Municipal se haya realizado en los dos últimos meses, tendrás que aportar el certificado o volante de empadronamiento al que hacemos referencia en el punto anterior.
  • Si has tenido una variación en los datos de tu filiación, debes presentar también un Certificado del Registro Civil, que deberá haber sido expedido con una antelación máxima de seis meses a la fecha de la solicitud de renovación del DNI.
  • Cuando el titular del DNI es un menor de 14 años, la renovación se llevará a cabo en presencia de la persona que tenga su patria potestad o tutela, o bien de un apoderado de estas últimas.
  • Por último, los ciudadanos españoles residentes en el extranjero deberán presentar un Certificado de acreditación de residencia expedido por la representación Diplomática o Consular del país en el que esté inscrito como residente.

Y nada más. Acudiendo con esta documentación a la comisaría de Policía que hayas elegido podrás renovar tu DNI y llevarte el nuevo en el acto.

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