Vuelve

¿Qué hago si me he equivocado en la Declaración de la Renta?

6/7/2015
Autor
Aurelio Jimenez

Como todos ya sabréis, la campaña de la Renta 2014 ya está en marcha y desde el pasado 7 de abril es posible solicitar el borrador o los datos fiscales de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondiente al año 2014 desde la web de la Agencia Tributaria.[¿Necesitas una ayuda este mes? Solicita tu préstamo aquí] Ni que decir tiene que es fundamental que revisemos minuciosamente que todos los datos de nuestra declaración sean correctos. No en vano, esta obligación es del contribuyente y, en caso de error, la Agencia Tributaria podría exigirnos explicaciones. Sin embargo, puede darse el caso de que una vez presentada nuestra declaración caigamos en la cuenta de que hemos cometido algún error. ¿Qué debemos hacer en este caso?Si como consecuencia de nuestro error nosotros como contribuyentes somos los perjudicados, tendremos que preparar un escrito dirigido a la Delegación correspondiente de la Agencia Tributaria. En el mismo, deberemos exponer lo que ha sucedido e incluir o bien la información correcta o bien los datos que nos faltaban por cumplimentar. La rectificación se puede incluso solicitar a través de internet desde la Sede Electrónica de la AEAT o a través del apartado de Renta 2014.Puede ocurrir también que el error cometido perjudique a Hacienda. En este caso habría que presentar una declaración complementaria a la original sin olvidar marcar la casilla de complementaria en el modelo correspondiente del ejercicio en que tuvo lugar. Esta declaración consiste en hacer la declaración de nuevo consignando todos los datos, pero esta vez sin errores. Para ello, podemos descargar el Programa Padre y proceder a realizar de nuevo la declaración.Es fundamental que no nos agobiemos si detectamos que hemos metido la pata con la Declaración. Todos los problemas tienen solución y no debemos olvidar que en cualquiera de los casos siempre esposible pedir cita a la oficina de Hacienda más cercana para que sean los propios técnicos de la Administración los que nos resuelvan nuestras dudas relacionadas con la rectificación del borrador o, si se da el caso, que sean ellos mismos los que hagan la rectificación.Por último, señalar que los plazos para resolver este tipo de errores son bastante amplios. Hacienda nos da cuatro años para presentar alegaciones relacionadas con la declaración de la renta a contar desde el ejercicio en que se presenta dicha declaración. Es decir, si nos equivocamos con la renta de 2014, el período empezaría a contar desde 2015, por lo que tendríamos hasta 2019 para subsanar nuestro error. ¡Tiempo más que de sobra!

¿Quieres tu primer préstamo ya?

Consigue tus primeros 300€ sin intereses ni comisiones, y devuélvelos en 30 días

Solicita tu crédito ahora

Artículos Relacionados