Principales cláusulas a conocer antes de firmar un contrato de alquiler
6/9/2016
Autor
Vivus
¿Estás pensando en independizarte yéndote de alquiler? ¿Quieres cambiarte de casa? Si estás en esta situación tienes que analizar muy bien todas las cláusulas de tu contrato de alquiler para intentar que no se te incluyan cláusulas abusivas y que carecen de validez. [¿Necesitas una ayuda este mes? Solicita tu préstamo aquí] En este post, vamos a analizar las principales cláusulas que se incluyen en los contratos de alquiler y que son abusivas. Son las siguientes:
Exigencia de un año de permanencia en el inmueble arrendado: Esta cláusula del contrato de alquiler supone que el inquilino tiene que estar un año en la vivienda. Esto no tiene que ser así obligatoriamente ya que transcurridos 6 meses, el inquilino puede desistir el contrato de alquiler siempre que se lo comunique al propietario con 30 días de antelación.
Acceso del arrendador a la vivienda: Esta cláusula supone que el arrendador puede entrar en la casa alquilada cuando quiera para realizar una revisión de la vivienda, etc. Aunque esa cláusula aparezca en el contrato es ilegal ya que la Constitución garantiza la inviolabilidad del domicilio. El arrendador tan sólo podrá acceder a su vivienda alquilada con consentimiento del inquilino o por orden judicial.
Imposibilidad de prorrogar el contrato de alquiler por parte del inquilino: la duración del mismo tiene que ser libremente pactada y si es menor de tres años cuando vence el contrato se renueva automáticamente de forma anual hasta alcanzar los 3 años. En caso de que el inquilino no quiera renovar tiene que avisar al arrendador con 30 días de antelación. De este modo, la prórroga es obligatoria para el arrendador (dueño del piso) pero voluntaria para el inquilino. Como excepción, el arrendador puede no prorrogar el contrato de alquiler si transcurrido el primer año de contrato, le comunica a su inquilino que necesita la vivienda, para ello el arrendatario tendrá que ser avisado por el arrendador con al menos dos meses de antelación.
Pago anticipado de más de una mensualidad de renta: La renta se estipula por las partes libremente y normalmente se abona de forma mensual y en los 7 primeros días del mes. Además, el arrendador no puede exigir el pago anticipado de más de una mensualidad de renta.
Aumento de la renta por obras de mejora en la vivienda: El aumento de la renta por haber realizado obras en la vivienda alquilada tan sólo se podrá realizado si han pasado 3 años de duración del contrato y tan sólo puede realizarse de forma proporcional a lo invertido en las obras y sin sobrepasar el 20% de la renta estipulada.
Obligatoriedad de más de un mes de fianza: La fianza es obligatoria a la firma del contrato pero tan sólo de una mensualidad de la renta si se trata de una vivienda y dos si es el contrato de alquiler es para un uso distinto de vivienda. Hay que tener en cuenta además que las fianzas no se pueden utilizar para compensar rentas debidas.
Si aún no has alquilado un piso ten en cuenta estas recomendaciones a la hora de negociar tu contrato. Si eres una de las personas que ya tiene un contrato de arrendamiento revisa las condiciones y tienes problemas con tu casero la mejor solución es infórmate sobre qué cláusulas son abusivas y qué opciones tienes para poder solucionar tus problemas.¿Has tenido algún problema con tu contrato de alquiler? ¿Tu contrato incluye alguna de estas cláusulas? Cuéntanos tu experiencia.Fuentes de información:
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