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Renta 2019 | ¿Quién está obligado a declarar a Hacienda la renta?

6/5/2020
Renta 2019 | ¿Quién está obligado a declarar a Hacienda la renta?
Autor
Remo

Información actualizada en este artículo: https://www.vivus.es/blog/como-hacer-la-declaracion-de-la-renta-2024

Una pregunta constante es: ¿quién está obligado a declarar Hacienda la renta? Cada año, una de las preguntas más repetidas cuando se inicia la campaña de la renta. Aunque a priori puede parecer complicado encontrar una respuesta, en realidad es bastante sencillo.La propia Agencia Tributaria explica de forma muy clara en su página web quién tiene la obligación de declarar y cuáles son las circunstancias que eximen al contribuyente de hacerlo. Existen una serie de límites, en función del nivel de ingresos y de su origen, por debajo de los cuáles las personas físicas no están obligadas a presentar su declaración de la renta (aunque pueden hacerlo si lo desean).Como veremos a continuación, estos límites son diferentes en función del tipo de ingreso que se perciba. La AEAT diferencia, principalmente, entre rendimientos procedentes del trabajo y rendimientos procedentes del capital, aunque también existen otros supuestos que, de cumplirse, obligan a presentar la declaración de la renta.

a) RENDIMIENTOS ÍNTEGROS DEL TRABAJO

+ ¿Qué son los rendimientos íntegros del trabajo?

Los rendimientos del trabajo son aquellas contraprestaciones, dinerarias o en especie, que proceden directa o indirectamente del trabajo personal. Algunos ejemplos son:

  • Los sueldos y salarios.
  • Las prestaciones por desempleo.
  • Las dietas y las asignaciones para gastos de viaje.
  • Las remuneraciones por gastos de representación.
  • Las aportaciones satisfechas por los promotores de planes de pensiones.
  • Los rendimiento derivados de impartir cursos, coloquios y seminarios.
  • Las becas.
  • Etc

Puedes consultar la lista completa aquí.

+ ¿Cuál es el límite a partir del cuál se está obligado a declarar?

Con carácter general, todos los contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo están obligados a presentar la declaración de la renta, salvo aquellos que no lleguen a unos ciertos límites de renta. Estos límites son los siguientes:

  1. Si los rendimientos del trabajo proceden de un único pagador, el límite se establece en 22.000 euros anuales. Quienes hayan ingresado menos de esa cantidad no están obligados a presentar la declaración.

Este límite también se aplica en el caso de que se haya percibido el ingreso de varios pagadores, siempre y cuando la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores no exceda los 1.500 euros brutos anuales.Tampoco están obligados a presentar la declaración aquellas personas cuyos únicos rendimientos del trabajo consistan en prestaciones pasivas de dos o más pagadores cuyas retenciones hayan sido determinadas por la Agencia Tributaria (mediante la presentación del modelo 146).

  1. Si los rendimientos del trabajo proceden de dos o más pagadores, el límite se establece en 14.000 euros anuales, siempre que las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores superen los 1.500 euros brutos anuales.

Este límite también se aplica en otros casos:

  • Cuando se hayan percibido pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.
  • Cuando el pagador de los rendimientos no tiene obligación de retener.
  • Cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención.

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