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Así queda la nueva cuota de autónomos

21/9/2022
Así queda la nueva cuota de autónomos 2023 | Vivus.es
Autor
Vivus

El pasado 26 de julio de 2022, el Gobierno aprobó, después de muchas idas y venidas, el texto definitivo por el cual se establece un nuevo sistema de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). En concreto, los trabajadores por cuenta propia pasan a cotizar de acuerdo a sus ingresos reales, y no tendrán posibilidad de elegir de forma libre su base de cotización, tal y como venían haciendo hasta ahora.

Pero, ¿cómo queda el sistema a partir de ahora? Y, lo más importante, ¿cuándo entra en vigor? Así queda la nueva cuota de autónomos a partir del 1 de enero de 2023.

Los nuevos tramos de la cuota de autónomos

La nueva cuota de autónomos se calculará en función de los rendimientos netos de cada autónomo, y se irá modificando de forma progresiva hasta que en 2025 alcance su cuantía definitiva.

Los tramos quedan como siguen:

El texto también fija una nueva tarifa plana para los nuevos autónomos de 80 euros durante doce meses, extensible a otros doce meses adicionales cuando los ingresos netos siguen siendo bajos. Además, a partir de 2023, el tope de cotizaciones para trabajadores mayores de 47 años dejará de existir.

Cómo se calculan los rendimientos netos de actividades económicas

Para la determinación de los rendimientos netos de actividades económicas, el Gobierno ha establecido un cálculo que ha sido pactado por las principales asociaciones de autónomos.

De esta manera, los rendimientos netos se calcularán deduciendo de los ingresos del autónomo durante un ejercicio todos los gastos producidos en ejercicio de la actividad y necesarios para la obtención de ingresos del autónomo. Sobre esa cantidad, se aplica adicionalmente una deducción por gastos genéricos del 7% en el caso de los trabajadores autónomos y del 3% para los autónomos societarios. El resultado se divide entre 12 para dar como resultado los rendimientos netos mensuales, que será la base sobre la que se apliquen los tramos correspondientes.

Por ejemplo, un autónomo ha tenido unos ingresos de 20.000 € en el ejercicio 2022, y unos gastos afectos a su actividad de 8.000 €. Sus rendimientos netos de actividades económicas son 12.000 €, a lo que habrá que aplicar una deducción del 7%. Es decir, la base total es de 11.160 €, que dividido entre 12 da como resultado 930 €.

Este autónomo se situará en el tercer tramo de cotización, el que va de 900 a 1.166,70 €, de manera que deberá cotizar por una base de 898,69 €, y la cuota mensual resultante que tendrá que abonar será de 898,69 € en 2023, 872,55 € en 2024 y 849,67 en 2025.

Cuándo entra en vigor la nueva cuota de autónomos

El sistema comenzará a aplicarse a partir del 1 de enero de 2023. El autónomo deberá registrar a través del portal ImportaSS sobre la previsión de ingresos y gastos del periodo, y la herramienta informará sobre el importe de la cuota y sobre el día que se hará efectivo el cobro.

Asimismo, los autónomos podrán cambiar de tramo de rendimientos netos cada dos meses, en función de su previsión de ingresos y gastos, y también a través de la herramienta de ImportaSS, siempre y cuando se realice durante las siguientes fechas:

●     1 de marzo, si la solicitud seformula entre el 1 de enero y el 28/29 de febrero.

●     1 de mayo, si la solicitud seformula entre el 1 de marzo y el 30 de abril.

●     1 de julio, si la solicitud seformula entre el 1 de mayo y el 30 de junio.

●     1 de septiembre, si la solicitud se formulaentre el 1 de julio y el 31 de agosto.

●     1 de noviembre, si la solicitud seformula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.

●     1 de enero del año siguiente, si lasolicitud se formula entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.

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