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La garantía de los productos

28/3/2016
La garantía de los productos
Autor
Aurelio Jimenez

La garantía de cualquier producto que compremos en España es un derecho que la legislación de la Unión Europea nos concede como consumidores y que nos permite reclamar al vendedor si no estamos conforme con el producto adquirido. Para el conjunto de la UE (y España no es una excepción) todos los productos tienen una garantía mínima gratuita de dos años.[¿Necesitas una ayuda este mes? Solicita tu préstamo aquí] La propia Comisión Europea nos dice en su página web que si hemos comprado un artículo en la UE que está defectuoso, o no es o no funciona según lo anunciado, el vendedor debe repararlo o cambiarlo gratuitamente; si no, puede devolvernos todo el dinero o aplicar una reducción en el precio. Sólo podremos solicitar un reembolso total o parcial si no es posible o conveniente reparar o cambiar el producto.La OCU informa de que en España, en el caso de un producto nuevo adquirido en una tienda física o online, cuando el defecto aparece durante los primeros seis meses tras la compra no hay que demostrar nada. Sin embargo, pasado ese periodo el fabricante puede exigirnos que demostremos que se trata de un defecto de fábrica. Los informes periciales suelen ser de gran ayuda en estos casos.Por supuesto, los productos de segunda mano también gozan de un período legal de garantía. En estos casos la duración dependerá de si el vendedor es un profesional (como una tienda) o si por el contrario se trata de un particular (como un compañero de trabajo). En el primer caso la garantía es de un año, mientras que en el segundo es de seis meses.En lo que se refiere a las reparaciones, la garantía será como mínimo de tres meses. Además, si la parte reparada volviese a averiarse, el servicio de atención al cliente de la empresa reparadora tendrá que volver a arreglarlo de manera gratuita. En el caso de los coches esto también ocurrirá si la avería se repite antes de realizar 2.000 kilómetros.Por último, en relación a las viviendas con edificación posterior al 6 de Mayo de 2000, la garantía será de un año para defectos de acabado como pintura o cristales, de tres años para defectos funcionales, tipo humedades, y de diez años si se trata de defectos estructurales.Es importante tener en cuenta que el periodo de garantía comienza a contar a partir de la fecha de recepción del artículo, por lo que es importante guardar a buen recaudo la factura de compra. Además, el vendedor, si lo desea, puede ampliar ese período de garantía todo el tiempo que lo desee. Nos referimos a la garantía comercial, que a diferencia de la legal, sí puede estar limitada.

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